A las 12 de la medianoche vence el plazo para presentar acusación en el caso Medusa

Cuando el reloj marque las 12.00 de la noche, de hoy, vence el plazo para presentar la acusación formal en contra del exprocurador general Jean Alain Rodríguez Sánchez y los demás involucrados en el caso de corrupción administrativa denominada Operación Medusa.

La Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa (Pepca), tiene esa fecha para depositar la acusación y si no lo hace, la jueza control de las investigaciones, Altagracia Ramírez de la Cruz le otorgará otro plazo adicional de 10 días, como ha sucedido en otros casos.

https://imasdk.googleapis.com/js/core/bridge3.517.2_es.html#goog_196253245El 19 de marzo pasado la jueza del Cuarto Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional acogió la solicitud del Ministerio Público y le otorgó una prórroga de tres meses para presentar la acusación formal, la cual comenzó a correr el 8 de marzo.

 Lo que establece la ley

Si concluido el plazo de investigación el Ministerio Público no presenta acusación u otro requerimiento conclusivo en el caso Medusa, conforme el artículo 151 del Código Procesal Penal, existen otros 10 días adicionales a su disposición.

Cuando el Ministerio Público no presente acusación u otro acto conclusivo, ni dispone el archivo, el juez de oficio, a solicitud de parte, debe intimar al superior inmediato, es decir al Procurador, y notificar a las víctimas, para que formulen su requerimiento en el plazo común de 10 días, según establece el Código Procesal Penal.

«Vencido el plazo de la investigación, si el Ministerio Público no acusa, no dispone el archivo ni presenta otro requerimiento conclusivo, el juez, de oficio o a solicitud de parte, intima al superior inmediato y notifica a la víctima, para que formulen su requerimiento en el plazo común de diez días. Si ninguno de ellos presenta requerimiento alguno, el juez declara extinguida la acción penal», señala el artículo 151.

Si ninguna de las partes presenta requerimiento alguno, entonces el juez declara extinguida la acción penal

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