
El nuevo Código Penal aprobado por el Senado contempla sanciones de hasta 10 años de prisión para propietarios de establecimientos comerciales, centros de espectáculos o espacios públicos donde se produzcan muertes por fallas estructurales o violaciones a normas de seguridad.
El artículo correspondiente introduce un régimen de penas progresivas, que varía según la cantidad de víctimas. En caso de una muerte, el responsable enfrentará hasta 5 años de prisión menor y una multa de 9 a 15 salarios mínimos del sector público. Si fallecen entre dos y cinco personas, la condena será de 5 a 10 años de prisión mayor y multas de 10 a 20 salarios mínimos. Para más de cinco víctimas mortales, se aplicará una pena de 10 años de prisión mayor y una multa de entre 20 y 30 salarios mínimos.
Estas disposiciones están incluidas en el Párrafo II del artículo que establece la responsabilidad penal por condiciones inseguras en infraestructuras de uso público.