Proyecto de ley propone JCE no entregue recursos a partidos que reciban dinero del narcotráfico

El Senado de la República estudia un proyecto de ley elaborado por la dirigencia del Partido Revolucionario Moderno (PRM) que tiene el objetivo de evitar el ingreso del dinero vinculado al narcotráfico hacia las organizaciones políticas.

La iniciativa entregada el pasado 11 de marzo por el presidente del PRM, José Ignacio Paliza, busca que esas entidades estén obligadas a designar a un “oficial” o crear una unidad encargada de implementar, supervisar y documentar las labores para impedir el uso de recursos ilícitos en las actividades políticas.

No obstante, esta pieza legislativa también contempla imposibilitar de manera específica que las agrupaciones políticas ligadas “directa o indirectamente” con el crimen organizado, a través del recibimiento de dinero, puedan disponer del presupuesto entregado por la Junta Central Electoral (JCE).

Así lo detalla el artículo 72 del documento que pretende modificar la Ley 33-18 de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos, el cual precisa los motivos que provocan una restricción para utilizar los fondos públicos de financiamiento.

La iniciativa asumida por las bancadas oficialistas de los órganos legislativos del Congreso Nacional establece que, “cuando sea posible”, la JCE deberá otorgarle al partido político “un plazo razonable” para subsanar irregularidades documentales, si así la cometieren.

Sin embargo, ese tiempo no aplica cuando se trate de contribuciones prohibidas o ilícitas, “aportes no trazables, ocultamiento del aportante final o incumplimientos que comprometan de manera sustancial la integridad del financiamiento político”.

El tercer párrafo del artículo antes mencionado indica que los fondos no destinados a los partidos, tras haber detectado el uso de dinero mal habido o incumplimiento de algún mandato dictado en la ley, serían reintegrados a la cuenta única del Tesoro.

Los representantes del PRM y sus aliados intentan responsabilizar a un “oficial” o equipo dentro de cada partido, asignándole la atribución de analizar e identificar los recursos externos recibidos, así como “gestionar las alertas de operaciones inusuales o sospechosas” para prevenir el “lavado de activos, el financiamiento del terrorismo y la criminalidad organizada”.

¿Qué pasa si lo recibieron?

La disposición intenta que no ocurran, pero si se registrara un caso, los partidos políticos estarían en la obligación de devolver de manera inmediata las contribuciones ilícitas, así como las que no estén conformes con la Ley 33-18.

“(y) reportar a la (Junta Central Electoral) las operaciones inusuales o sospechosas detectadas en el marco de sus procedimientos de debida diligencia, sin perjuicio de las comunicaciones que correspondan a las autoridades competentes conforme al ordenamiento jurídico vigente”, dicta el único párrafo del artículo 64.

¿Cuáles serían las contribuciones ilícitas?

El artículo 64 también propone detallar en la definición que son considerados de tipos ilícitos “los aportes provenientes directa o indirectamente de personas físicas o jurídicas vinculadas, directa o indirectamente, a actividades ilícitas, incluyendo el lavado de activos, el financiamiento del terrorismo y la criminalidad organizada”.

Al igual que aquellos los cuales “no sea posible determinar, mediante los procedimientos de debida diligencia, su procedencia u origen lícito”.

Esta nueva regulación entraría en vigencia inmediatamente a partir de la promulgación realizada por el Poder Ejecutivo si así lo decidiera el presidente Luis Abinader, pero antes debe contar con la aprobación del Senado y la Cámara de Diputados.

En la actualidad, la pieza se encuentra sometida al estudio de una comisión especial en la cámara alta, la cual deberá entregar un informe sobre sus observaciones y recomendaciones que después será sometido a votación por los congresistas.

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