Senado aprueba penas ejemplares por tragedias en infraestructuras con normas de seguridad incumplidas

El nuevo Código Penal aprobado por el Senado contempla sanciones de hasta 10 años de prisión para propietarios de establecimientos comerciales, centros de espectáculos o espacios públicos donde se produzcan muertes por fallas estructurales o violaciones a normas de seguridad.

El artículo correspondiente introduce un régimen de penas progresivas, que varía según la cantidad de víctimas. En caso de una muerte, el responsable enfrentará hasta 5 años de prisión menor y una multa de 9 a 15 salarios mínimos del sector público. Si fallecen entre dos y cinco personas, la condena será de 5 a 10 años de prisión mayor y multas de 10 a 20 salarios mínimos. Para más de cinco víctimas mortales, se aplicará una pena de 10 años de prisión mayor y una multa de entre 20 y 30 salarios mínimos.

Estas disposiciones están incluidas en el Párrafo II del artículo que establece la responsabilidad penal por condiciones inseguras en infraestructuras de uso público.

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