os partidos que tengan alianzas para uno o varios niveles de elección tendrán el derecho de acreditar a un delegado y su suplente ante las juntas electorales, Oficinas de Coordinación Electoral en el Exterior (OCLEE) y colegios electorales. En la resolución 004-2024, la Junta Central Electoral (JCE) establece que la agrupación que personifique el pacto político será la que tendrá la autorización de contar con delegado y […]
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