ONU contra drogas y delitos fue la punta de lanza para ley de extinción de dominio en los países de América Latina y el Caribe

La Oficina de Naciones Unidas contra las Drogas y el Delito (UNODC) fue la punta de lanza para el establecimiento de un modelo de ley de extinción de dominio en los países de América Latina y el Caribe, cuyo proyecto se elaboró en 2011 con la recomendación de aplicar retroactividad en la incautación  de bienes ilícitos.

En el proyecto participaron representantes de Perú, Colombia, Chile, España y Estados Unidos.

Colombia aprobó la Ley 1708, de extinción de dominio, en 2014. Perú cuenta con una ley desde mayo 2019.

En Perú la ley no es retroactiva, ni irretroactiva, sino retrospectiva, puesto que regula situaciones anteriores a la legislación, atendiendo a que el origen de bienes provienen de actos ilícitos.

La ley tiene como objetivo atacar los ilícitos, mediante el combate al crimen organizado. Colombia plantea en el artículo 21 de la referida legislación que esta es imprescriptible.

En República Dominicana la ley fue promulgada este jueves, con la agravante de que su puesta en vigor será dentro de un año, a partir de 12 meses de promulgada.

Queda pendiente el reglamento de aplicación, debido a que para no chocar con la Constitución de la República se eliminó la cláusula de retroactividad.

No obstante, plantea como precedente 20 años como prescripción del delito.
 
Países que tienen la ley
Los países que tienen ley de extinción de dominio son Estados Unidos, Canadá, México, Guatemala, Honduras, El Salvador, Colombia, Ecuador, Perú, Argentina, Australia, Fiji, Nueva Zelanda, Filipinas, Singapur, Malasia, Sudáfrica, y Reino Unido.

También, Irlanda, Italia, Suiza, Serbia, Bulgaria, España, Holanda, Barbados, Grenada
San Vicente y las Granadinas, Trinidad y Tobago, Antigua y Barbuda, Dominica, Guyana, Barbados, Bahamas, Turcos y Caicos, informó Marko Magdic, consultor en temas de crimen organizado y seguridad pública, según datos de la embajada de Estados Unidos en República Dominicana.

La nueva ley penaliza a funcionarios que no acaten la norma con prisión de dos a cinco años y multas desde 50 a 400 salarios mínimos del sector público, quienes además quedarán inhabilitados por cinco años y tendrán que cargar con la responsabilidad personal de daños y perjuicios ocasionados.

Condena, también, el tráfico de drogas, de seres humanos, entre otras. 

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