El Consejo de defensa del ex procurador general de la República, Jean Alain Rodríguez, llevará hasta el Tribunal Constitucional (TC), si fuere necesario, la apelación del rechazo de la extinción penal del caso que se conoce en su contra en el Segundo Tribunal Colegiado del Distrito Nacional.
Los defensores de Rodríguez dijeron que harán valer la verdad ante la Corte de Apelación del Distrito Nacional y que si no obtienen en esa instancia ganancia de causa recorrerán el camino desde la Suprema Corte de Justicia hasta el Tribunal Constitucional, si el caso lo amerita.
Para los abogados de Rodríguez resulta insólito que los jueces del Segundo Tribunal Colegiado rechazaran la extinción, a pesar de que reconocieron primero, que el proceso alcanza ya casi seis años de duración; segundo, que la legislación procesal establece un plazo máximo de cuatro años, encontrándose ampliamente vencido; y tercero, que Jean Alain Rodríguez y su defensa no provocaron las dilaciones del proceso.
Expresaron que los jueces olvidaron que estos son los únicos elementos necesarios para declarar la extinción del proceso.
La defensa explicó que respeta la decisión adoptada por el tribunal, pero discrepa de su interpretación jurídica, pues luego de reconocer esos tres hechos rechazó la extinción partiendo de la existencia de un concepto jurídico previo y superado por la Jurisprudencia y la nueva ley 97-25, de que existen dos plazos distintos: uno legal, objetivo y determinado, de cuatro años, y otro denominado “plazo razonable”, sin una duración previamente definida, bajo el cual consideró erradamente razonables los casi seis años transcurridos.
“Precisamente esa es la cuestión jurídica que entendemos será corregida en apelación. No existen dos plazos razonables diferentes. El Tribunal Constitucional estableció en las sentencias TC/ 1106/24, TC/1241/24 , TC/1272/25, TC/1296/25 y TC/0157/26, entre otras, que no existen dos plazos y que el plazo razonable es el mismo plazo legal de cuatro años establecido por el legislador de manera clara, precisa y concreta.
Por esa razón, el Consejo de Defensa manifestó su confianza en que la discusión ante la Corte de Apelación será esencialmente jurídica y relativamente sencilla: “ya quedó establecido judicialmente que el proceso alcanza casi seis años, que el límite legal es de cuatro y que la defensa no ocasionó las dilaciones. Solo corresponderá probar que el Tribunal Constitucional ya decidió que no existen dos plazos en la ley para tratar los mismos casos.
La defensa sostiene que los precedentes vinculantes del Tribunal Constitucional responderán esa cuestión y confía en que una jurisdicción superior declarará extinguida la acción penal.





